Según el punto 2.1.3 del Documento Básico DB-HS 4, que complementa el Código Técnico de la Edificación (Real Decreto 314/2006), «en los puntos de consumo la presión mínima, medida en kilopascales (kPa), debe ser:
- a) 100 kPa (=1’02 Kg/cm2) para grifos comunes.
- b) 150 kPa (=1’53 Kg/cm2) para fluxores y calentadores.
La presión en cualquier punto de consumo no debe superar los 500 kPa (=5’1 Kg/cm2)».
En el punto 6.2.3 del mismo Documento Básico se establece que las válvulas y llaves de la instalación deben estar preparadas para soportar una presión máxima de 10 bares (10’2 kg/cm2).
Enlace a normativa técnica de Emasesa: http://www.emasesa.com/normativa-tecnica/
Si tiene problemas de presión en su vivienda, lo primero que tiene que consultar es si sus vecinos, especialmente los de su misma planta o de plantas superiores tienen el mismo problema, ya que hay que deslindar si es un problema privativo o comunitario. También debe saber que los problemas de presión nunca se verifican en agua caliente, ya que el circuito es independiente y dependerá del calentador que tenga usted instalado en su vivienda.
En caso de existir el problema con varios vecinos, póngase en contacto con nosotros, que realizaremos una verificación de la presión en los puntos de servicio, el estado de su grupo de presión o la necesidad de instalar uno y le ayudaremos a solucionar su problema de forma rápida, efectiva y económica. Si a ello le sumamos un mantenimiento de sus instalaciones comunitarias prolongaremos en el tiempo el ahorro y optimizaremos su grupo de presión para evitar futuras averías.